FRANCIA - legislación nacional

II. INSTRUMENTOS DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO

Francia está dividida en tres niveles territoriales: municipios, departamentos y regiones. Por tanto, el Estado tiene servicios "centrales" y servicios "dispersos", que se encuentran en regiones y departamentos.

El Estado es responsable de las políticas nacionales de patrimonio, con dos ministerios, el de Cultura y Comunicación y el de Transición Ecológica, que garantizan la gestión conjunta del patrimonio cultural y natural del territorio. Mantienen una comunicación constante con la sociedad civil, especialmente con las asociaciones, para garantizar una buena gobernanza en todos los asuntos relacionados con el patrimonio.

El Ministerio de Cultura se encarga específicamente de ejecutar las políticas de protección, conservación y restauración del patrimonio. Dentro del Ministerio de Cultura, la Dirección General de Patrimonio desempeña una función unificadora y aplica esta política para la gestión de los distintos tipos de patrimonio. Es responsable del diseño, organización, orientación, optimización y evaluación de las políticas estatales en materia de patrimonio. El trabajo del Ministerio de Cultura se organiza principalmente a través de las Direcciones Regionales de Asuntos Culturales (DRAC) y los Servicios Territoriales de Arquitectura y Patrimonio (STAP).

Las Direcciones Regionales de Asuntos Culturales (DRAC) son servicios distribuidos por todo el país que forman una red encargada de la aplicación a escala regional de las políticas establecidas a nivel central por el Ministerio. Estas Direcciones Regionales trabajan en estrecha colaboración con las autoridades locales, y tanto los organismos locales como los regionales han ido asumiendo progresivamente nuevas competencias en la gestión de las políticas de patrimonio. Inicialmente en 1983, y posteriormente en 2004, se transfirieron nuevas competencias a las autoridades locales y regionales, concretamente el inventario general del patrimonio cultural y la posibilidad de transferir la propiedad de edificios protegidos convirtiéndolos en monumentos históricos.

Esta estructura de competencias descentralizadas se ha ido transfiriendo gradualmente de la estructura central a las distintas regiones, departamentos y municipios.

 MARCO JURÍDICO

 CONVENIOS INTERNACIONALES RATIFICADOS

  • Convención para la protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado (1954): ratificada por Francia el 17 de junio de 1957.
  • Convención sobre las medidas que deben adoptarse para prohibir e impedir la importación, la exportación y la transferencia de propiedad ilícitas de bienes culturales (1970): ratificada por Francia el 7 de enero de 1997.
  • Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural (1972): ratificada por Francia el 27 de junio de 1975.
  • Convenio para la Protección del Patrimonio Arquitectónico de Europa (Granada, 1985): ratificado el 13 de marzo de 1987.
  • Convenio europeo sobre la protección del patrimonio arqueológico (revisado) (La Valeta, 1992): ratificado el 10 de julio de 1995.
  • Convenio Europeo del Paisaje (Florencia, 2000): ratificado el 17 de marzo de 2006
  • Convención sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático (2001): ratificada el 7 de febrero de 2013.
  • Convención de la Unesco para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial (2003): ratificada por Francia el 11 de julio de 2006.

La información sobre legislación se basa en datos del Consejo de Europa: https://www.coe.int/en/web/herein-system/france

Last modified: Tuesday, 24 October 2023, 9:54 AM